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Finanzas Por Raul Gutiérrez

Multa Cofece al AICM con 63 mdp por discriminación

La Comisión Federal de Competencia Económica (Cofece) multó con 63 millones 90 mil pesos al Aeropuerto Internacional de la Ciudad de México (AICM) por discriminar a las empresas que buscaban ofrecer el servicio de taxi en sus instalaciones; el organismo antimonopolios le impuso una serie de obligaciones para evitar que repita estas acciones.

El AICM impidió que otros competidores accedieran a la zona federal y al estacionamiento para la prestación del servicio público de autotransporte federal de pasajeros (taxi) en el aeropuerto. La Cofece también determinó que el AICM tiene poder sustancial, lo que significa que es dominante en el mercado, ya que es el único que puede autorizar el acceso a la zona federal y de estacionamiento para dicho servicio.

La práctica ilegal del AICM se concretó cuando impuso condiciones diferentes para el acceso a otros competidores que buscaban prestar el servicio de taxis, además de que incorporó en los contratos clausulas discriminatorias, para darle preferencia a las empresas ya instaladas cuando se realizaran licitaciones para incrementar el número de taxis.

El AICM también otorgó diversos descuentos a las agrupaciones en el pago de la contraprestación por el servicio de acceso; no utilizó criterio o metodología alguna para hacerlo, y otorgó quitas por montos y temporalidades distintas. Por ejemplo, a algunos prestadores les facilitó una reducción del 35 por ciento y a otros del 20 por ciento.

La Cofece le impuso obligaciones al AICM como eliminar las clausulas discriminatorias de sus contratos. En adelante, la asignación de nuevos contratos de acceso a zona federal, así como el incremento de unidades para prestar el servicio de taxi en el aeropuerto, deberán llevarse a cabo mediante licitación o concurso, procedimiento para el cual el AICM deberá solicitar y obtener la opinión de la Cofece.

La asignación de nuevos contratos de acceso a zona federal y el incremento de taxis deberá llevarse a cabo mediante licitación o concurso. El AICM deberá solicitar y obtener la opinión de la comisión, respecto del procedimiento de licitación o concurso.

Las condiciones y los términos en los que venda y preste el servicio de acceso a las empresas, se otorgarán de forma no discriminatoria, para que no desplacen indebidamente a otros competidores, y no impidan su entrada o establezcan ventajas exclusivas en favor de una o varias personas.

Multa Cofece al AICM con 63 mdp por discriminación