Profedet aclara si es legal pagar el aguinaldo con despensas o en especie

Nacional

AGENCIAS

La Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (Profedet) ha establecido las pautas claras sobre la forma en que debe pagarse el aguinaldo a los trabajadores, destacando que este derecho, reconocido desde 1970 en la Ley Federal del Trabajo (LFT), debe ser entregado en efectivo o mediante medios electrónicos, nunca en productos o despensas.

El aguinaldo, que representa al menos 15 días de salario, debe ser entregado antes del 20 de diciembre de cada año. A pesar de que algunas empresas optan por entregar despensas, vales o productos similares como parte del pago, la Profedet aclaró que el aguinaldo debe ser abonado exclusivamente en moneda de curso legal, ya sea en efectivo, depósito bancario, tarjeta de débito, transferencias electrónicas u otros métodos acordados con el trabajador.

Según la Profedet, no es legal sustituir el pago del aguinaldo por mercancías, vales o cualquier otro tipo de compensación no monetaria. Este pago es un derecho irrenunciable y debe reflejarse en efectivo o en una modalidad que no implique productos o servicios distintos a la remuneración en dinero.

En cuanto al cálculo, la Profedet explica que el aguinaldo debe ser equivalente a por lo menos 15 días de salario, y este se debe calcular con base en el salario diario ordinario del trabajador. Si el trabajador no ha laborado durante un año completo, le corresponde una parte proporcional del aguinaldo, calculado conforme al tiempo trabajado hasta la fecha del pago.

Es importante destacar que el aguinaldo es un derecho para todos los trabajadores, independientemente de su antigüedad, y cualquier intento de reemplazarlo por otros tipos de compensaciones no es legal, de acuerdo con lo establecido por la Ley Federal del Trabajo.

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