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Finanzas Por Raul Gutiérrez

Administración tributaria mejora con nuevas tecnologías: SHCP

La administración tributaria mejora con el uso de innovaciones tecnológicas, tras el aval que dio la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) al buzón tributario, contabilidad y revisión electrónicas, destacó la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP).

Refirió que este 6 de julio, la Segunda Sala de la SCJN declaró constitucional la obligación de los contribuyentes de llevar y enviar la contabilidad en medios electrónicos, así como el uso del buzón y una nueva facultad de comprobación denominada revisión electrónica, prevista en el Código Fiscal de la Federación (CFF) a partir de 2014.

“Con esta resolución, el país adopta el uso de innovaciones tecnológicas para eficientar la administración tributaria, obligación que se aplica en países como Estados Unidos, Irlanda, Alemania, Francia y Brasil”, agregó en el Informe Semanal de su Vocería.

Señaló que Australia, Canadá, Reino Unido, Dinamarca, China, España, Chile y Nueva Zelanda, son ejemplos de países que también utilizan los medios electrónicos para llevar información contable.

Resaltó que al utilizar una revisión electrónica se acortan los plazos tanto para la autoridad fiscal como para los contribuyentes en 60 por ciento y a la par se percibe una disminución en los costos a cargo de los particulares por el cumplimiento de solicitudes de información.

Una de las ventajas de la revisión electrónica radica en que los actos de fiscalización electrónica se centran en renglones, rubros de registros, ejercicios fiscales y contribuciones específicos en los que se presume alguna irregularidad, argumentó.

La dependencia federal apuntó que el uso de los medios electrónicos en el cumplimiento de las obligaciones fiscales, adoptado por el Servicio de Administración Tributaria (SAT), no es algo nuevo ni se inició con la puesta en marcha de la reforma hacendaria de 2014.

Recordó que su incorporación en el sistema jurídico data de 1984, con la introducción en el CFF del uso de sistemas de registro manual mecanizados o electrónicos con discos compactos o cintas magnéticas en materia de contabilidad.

Sobre el tema, el reporte Doing Business 2014 del Banco Mundial señaló que México se ubica en el lugar 118 de 189 economías en «facilidad-complejidad» para el pago de impuestos, lo cual incidía (en su momento) negativamente en la decisión de hacer negocios, abrir empresas y recibir nuevas inversiones en el país.

“Con la resolución de la SCJN, el país se pone en sintonía con los lineamientos internacionales en materia tributaria y en la eficiencia en el uso de tecnologías de la información”, subrayó la Secretaría de Hacienda.

Mencionó que algunos de los beneficios de la contabilidad electrónica y buzón tributarios son: permitir a la autoridad tributaria ser efectiva al momento de revisar el cumplimiento de las obligaciones fiscales de los contribuyentes.

El envío de la información no se traduce en el ejercicio de una facultad de comprobación permanente, se trata del cumplimiento de una obligación formal de reportar al SAT y parte del principio de autodeterminación de las contribuciones, anotó.

Además, precisó, la información que se tiene que enviar a la autoridad fiscal (el catálogo de cuentas y la balanza de comprobación) no implica datos de carácter industrial, comercial o la totalidad de la contabilidad.

Indicó que toda la información que recibe el SAT está protegida por el secreto fiscal (Artículo 69 del CFF), por lo que no existe violación al derecho de protección de los datos personales.

La medida legal es necesaria y suficiente para lograr el objetivo de facilitar el cumplimiento de las obligaciones fiscales, llevar la contabilidad en medios electrónicos y enviarla al fisco por medio del buzón tributario, añadió.

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