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Sin categoría Por Raul Gutiérrez

Publican Reglamento Interior de la SC federal; se crean dos subsecretarías

La Presidencia de la República publicó ayer en el Diario Oficial el Reglamento Interior de la Secretaria de Cultura, el cual establece que se trata de una dependencia del Poder Ejecutivo Federal  y su titular será el Secretario de Despacho, quien se auxiliará de 16 unidades administrativas y cinco órganos administrativos desconcentrados para cumplir sus funciones.

El reglamento, conformado por ocho capítulos con 35 artículos entra en vigor hoy y en el primero de los capítulos, en su artículo, 3 estipula que la Secretaría de Cultura “planeará y realizará sus actividades con sujeción a los objetivos, estrategias y prioridades del Plan Nacional de Desarrollo y los programas que deriven de éste, así como las políticas que determine el Presidente de los Estados Unidos Mexicanos”.

Mientras que en el capítulo II, artículo 5, fracción II, indica que  el Secretario “debe conducir la política nacional en materia de cultura con la participación que corresponda a otras dependencias y entidades de la administración federal”.

Al respecto, Rafael Tovar y de Teresa, secretario de Cultura federal, dijo, en un comunicado, que la publicación del Reglamento Interior culmina un proceso determinante en la construcción de la Secretaría y agrega que México continúa con el esfuerzo sostenido durante más de dos siglos por darse instituciones a la altura de su milenario legado cultural y de la riqueza y diversidad de su identidad.

“Tenemos un reglamento que norma la estructura orgánica del sector. Este documento fue resultado de un cuidadoso trabajo de diagnóstico, diseño y planeación y determina la estructura de la Secretaría”, añade.

Y explica que es claro que México otorga a la cultura el espacio institucional que le corresponde, que reconoce su participación en la economía mexicana, en la generación de empleos y riqueza, de cohesión social e identidad.

ESTRUCTURA. El Reglamento Interior señala en su capítulo 1, en su artículo 2, que serán 16 unidades administrativas y cinco órganos administrativos desconcentrados los que auxiliarán al Secretario de Despacho.

En ese sentido, define que se crean dos subsecretarías: de Desarrollo Cultural y de Diversidad Cultural y Fomento a la Lectura y la Oficialía Mayor. Sobre esto, Luis Cacho, director general jurídico de la Secretaría de Cultura, explica que los nombramientos de los dos nuevos subsecretarios y el oficial mayor serán dados por el Secretario o en, en su caso, de  acuerdo con el Presidente de la República, pero no se tiene un plazo para designarlos.

En este artículo, también se define la creación de la Unidad de Asuntos Jurídicos y las direcciones generales de Asuntos Internacionales, de Bibliotecas, Centro Nacional de las Artes, Comunicación Social, y de Culturas Populares, Indígenas y Urbanas. Sobre esta última, Luis Cacho señala que “amplió sus facultades y ahora atenderá otras manifestaciones”.

Asimismo, se establecen las direcciones generales de la Fonoteca Nacional, de Promoción y Festivales Culturales, de Publicaciones, de Sitios y Monumentos del Patrimonio Cultural, de Vinculación Cultural, de Administración y de Tecnologías de la Información y Comunicaciones.

“Cada una de éstas dependen del secretario, al ser la  estructura de la Secretaría va a auxiliar al titular”, añade Luis Cacho.

En cuanto a los órganos administrativos desconcentrados, el Reglamento Interior señala que son: el Instituto Nacional de Antropología e Historia (INAH), el Instituto Nacional de Bellas Artes (INBA), el Instituto Nacional de Estudios Históricos de las Revoluciones de México (INEHRM), el Instituto Nacional del Derecho de Autor y Radio Educación.

Luis Cacho explica que “estos  órganos desconcentrados tienen independencia jerárquica de la Secretaría, pero dependen de la institución y realizarán las actividades que originariamente competen a la Secretaría, de acuerdo a su materia o territorio, como sería con los casos del INBA o INAH. Esta forma de operar ya la tenían”.

Respecto al Fonca, Luis Cacho señala que deja de ser dirección general, pero retoma su naturaleza original que es la de un mandato, cuando se creó en 1989: un mecanismo financiero para apoyar a los creadores.

Sobre el Manual de Organización General de la Secretaría de Cultura, Luis Cacho dijo que se está trabajando en éste de manera paralela y “esperamos publicarlo a principios del año entrante, aunque la decisión es del Secretario”.

Este manual, añade, define las funciones que realizarán unidades administrativas de nivel inferior a las direcciones generales, como jefaturas de departamento y subdirecciones, entre otras.

Finalmente, el director general jurídico de la Secretaría de Cultura indica que este reglamento es uno de los instrumentos que permite conocer la estructura de la dependencia y las nuevas funciones  atribuciones, que no se tenían cuando existía el Conaculta, y que ahora se suman ya con el nivel de secretaría de Estado.

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